Reclamamos la modificación del artículo quinto de la Ley 26.020, para declarar Servicio Público la producción, comercialización y distribución del gas licuado de petróleo; a efectos de posibilitar la fijación de una tarifa oficial que garantice la universalidad del servicio para todos aquellos quienes no tengan acceso al gas natural por redes; y la eliminación de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicado a las garrafas de GLP.
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http://www.sonim.com.ar/proyectos/octubre2010/Resolucion%20Garrafas.doc
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